Resumen del Artículo Disposición adicional trigésima segunda

Artículo Disposición adicional trigésima segunda del Ley Orgánica de Educación (LOE) — Disposición adicional trigésima segunda. Procedimientos para el reconocimiento y la acreditación de las competencias profesionales. El Gobierno impulsará, sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas, los procedimientos de reconocimiento y acreditación de las…

LOEVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional trigésima segundaDisposición adicional trigésima segunda

Disposición adicional trigésima segunda. Procedimientos para el reconocimiento y la acreditación de las competencias profesionales.

El Gobierno impulsará, sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas, los procedimientos de reconocimiento y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o aprendizajes no formales e informales, de forma que permita a todos los ciudadanos la obtención de una acreditación de sus competencias profesionales. A tal fin las administraciones competentes promoverán un incremento de los procedimientos para el reconocimiento y la agilización y la flexibilización de los procesos. Estos se basarán en los principios de simplicidad, claridad y proximidad a los ciudadanos, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados, y eficiencia y adecuación de los medios a los fines institucionales.

De acuerdo con la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, las administraciones competentes promoverán la oferta de programas específicos de formación dirigidos a las personas que, una vez acreditadas determinadas competencias profesionales, quieran completar la formación y titulación que les prepare y facilite su inserción laboral.

Norma publicada: 3 de mayo de 2006

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional trigésima segunda

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional trigésima segunda del LOE?

Disposición adicional trigésima segunda. Procedimientos para el reconocimiento y la acreditación de las competencias profesionales. El Gobierno impulsará, sin perjuicio de las competencias de las…

¿El Artículo Disposición adicional trigésima segunda del LOE está vigente?

El artículo Disposición adicional trigésima segunda del LOE está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional trigésima segunda dentro del LOE?

Forma parte del articulado del Ley Orgánica de Educación.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional trigésima segunda?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.